De Mol y Varela demandaron en seguida tí Tcxo ante el
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 13
ID: fallos_13_54
Voces / Materias
PROPIEDAD
Texto del Fallo
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FALLOS DI LA SUPI\EIIA CORTE
e Conde d' Eu • resolvieron que debía ser vendido, dividién-
dose su importe entre los conrlóm in os.
De Mol y Varela demandaron en seguida tí Tcxo ante el
Juzgado de Comercio de Duonos \ iros, pidiendo la ejccu-
cion del laudo.
Texo se opuso, diciendo que el laudo no tenia los re-
quisitos de ley.
El juez ordenó el cumplimiento tlol laudo,
Texo, encontrándose entonces en estado de moratorias inter-
puso recurso de apelacion que se le negó, De Mol y Vareta
insistieron en la ejocucion del laudo.
El Juez de Cotnercio, acompai1ado. por haber sido recu-
sado por Tcxo y por hallarse impedido el otro Juez do
Comercio, por él do scmartrt en lo ciril, mandú suspondor
la ejecucion en los domas puntos del laudo y proceder á la
venta del vapor por el ntartdlerv ~l eyan s, con cuyo nom-
bramiento estuvieron conformes las partes.
Hecho esto nomhramiento, Tcxo ocurrió 111 Juzgado ~a
cional pidiendo se librara exhorto
011 Jue1. de Comercio
para que se iuhiuicra y rcrniticrn los autos, diciendo, que
él habia cnl&ntlido que la df'cisinn elel Juzgado Jc Comercio
se limitaría á las cuestiones que no ~ e referían al rapor ;
que en estas SI) trata de la propiedad d1·l IJ•u¡uo ; y Je la
liquidacion de los crédilos rel'crcntcs al Luquc ; que su
conocimiento correspondía por con igu ienle al Juzgndo ~a
cional, y era nulo todo lo olmHJo por el Juzg¡,do Jc Co-
mercio por no ser prorogable la jurisdiccion en esle caso.
Librádose oficio por el Juez de • eccion, él do Comercio
no accedió á la remision del cspcdienlc, J iclando el SI-
guiente
Auto
Duenos Aires, etiembrc á de t Si l.
Y \'Íslos, considerando : que el laudo r¡uc se ha rnan-