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DE mSTICIA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 13 ID: fallos_13_87

Ruling Text

DE mSTICIA NACIONAL 9t De1pues de vencido el término de la prueba, la parte de SorilJani espuso que estando llamados autos para sen- tencia y habiendo sido Cabral el Escribanu autorizaote de su escritura, por <!uya razon antes habia sido notificado, pedia de nuevo so le notificara la providencia pendiente. El Juzgado proveyó de conformidad, pero el Escribano Cabral no fué notificado. Igual solicitud repitió la misma parte con posterioridall y tampoco Cabral fué notilieado, Sustancialla la causa y dictada sentencia definitiva en la cual se condenó á Scribani á entregar á Ríos la casa en cuestion, desechando por consecuencia la accion in- tentada por Doña Teodoro lseas y las escepciones opues- tas por Scribani, la sentencia fué notificada al Escribano Cabral á solicitud de la parle condenada. En este estado Cabral pidió se dej:ua sin efecto la no- tificacion fundado en 'JUC no habia sido parle en el jui- cio, en que no habia sido oillo, en que no ltab:a inter- venido en la prueba y finalmente en que ni aún persone- ría para apelar tenia, pues quo la sentencia solo podría ser apelo da por ·los partes t'JIUe lsabian intervenido en el JUICIO. Pidió que en caso no se dejara sin efecto la notificacion se le concediera apelacion on rolacion para ante la Supre- ma Corte. Buenos Aires, Octubre ~~ de 18i:!. No habiendo el Juzgado prouunciádosc acerca del al- cance legal que tendría la notiflcacion, la que producirá los efectos jurídicos, que hubiere lugar y no siendo esta