← Back to results

DE .IUSTICL\ NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 13 ID: fallos_13_99

Keywords / Subjects

COMPETENCIA DELITO

Cited Norms

ley 1

Ruling Text

DE .IUSTICL\ NACIONAL. tOO juez del crimen provincial no por falaificacion de patente ó privilegio nacional, sinó por falsificacion de sus pro- pias señales y marcas; que tratábaso de un delito come- tido en la provincia y sometido á su jurisdicoion; que los demandantes no la declinaron, estando y~ la causa en el estado plenario. Dado tr·aslado de la ex.cepcion dijeron loa demandantes que debía rechazarse; que la ley de Noviembre de 1866 art. &7 establece que las acciones relativas á los privile- gios deben deducirse ante Jos juzgados federales; que la materia era propia y esclusiva de la leg~ slaoion nacional ; que Uagley los había acusado tambieo por falaificacion de 5'.1 privilegio ¡ que ellos habian declinado la competencia del juez del crimen provincial. l'aUe •el .luea heeieaal. Duenos Aires, Noviembre 20 do iSn. V \·islos : estos autos er! lo. relativo al incidente promo- vido por D. Melvillc Ua¡;ley, sobro competencia, en el juicio que, contra él, han entablado los Seiiores Pini Her- manos y C•. por haber invocado el goce de una patente de invencion que no le ha sido concedida y oonaideran- do : -1 o que ninguna do las parLes en el juicio se pre- tendo patentada por el Gobierno do la Nacion para la fabricacion del licor conocido bajo el nombre de e lles- peridina , no habiendo, en consecuencia presentado la pa- tente respectiva;- 2o quo por el contrario, de sutl mis- mas esposiciones resulta que no han solicitado ni obteni- do tal patente, \'crsando la cueslioo sometidt. ' la jus- ticia pro,·incial sobro publicaci()oes, en )~ qJJe ua,ley 1,0