DE JUSTICIA NACIONAL.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 13
ID: fallos_13_107
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL.
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tres recibos de gastos de provisiones y conduccion al bu-
que en el Rosario como igualmente el importo do lo abo-
nado al Escribano que autorizó la protesta, agregando que
sulo el importe del recibo de f. 34 fué lo que gastó dol
dinoro que recibió, ltabiendo quedado el resto á bordo.
SJptimo.- Que la parte tic Justo opone coulra las par-
tidas •la y 2a de la conlradcmanda así como relativamen-
te á los gastos de protesta, r¡uc no está obligado á abo-
narlos porque el capitan dejó el mando del buque de vo-
luntad prúpta y ltasla dcsubcdociendo las órdenes de la
persona que iba
~\ bordo, y á quien debía obedecer segun
su p•·opia conl'esion y que p<)l' consecuencia no tiene de-
recho {t cobrar sus sueldos 11 i gastos de protesta, y si al-
gunos gastos hizo en el nosario debo im~utá rselos á si
propto ¡
Que en cuanto al recibo do f. v: importante veinte y
tres pesos siete reales bvlivianos, no tiene inconveniente
en aceptarlo por las pocas provisiones que el capitan lle-
vó á bordo cuando volvió al buque, pero que no puede
aceptar la de f. 33, por ser de fecha en que el c~p itn n,
no podía comprar vívet·cs,
ni
la de f. 32 porque JlO
tiene fecha ni se comprende que es lo que pudo haberse
comluticlo á bordo.
Octavo. -Que el Juzgado recibió la causa á prueba pa-
ra acreditar los hechos aleg-~hl os por ambas partes, resul-
tando justificado que durante la ausencia del capitan se
embarcaron \'arios pasageros con unifl•rme militar y que
el vapor zarpó del puerto del 1\osario de noche sin que
dichas operaciones las hiciera con conocimi"nto de la Ca-
pitanía del Puerto, y que no se ha acreditado la cantidad
que tuviese invertida el capitan en servicio del buque co-
mo lampoco que O. Agustín Justo huLiese obligado á vi-
va fuerza á levar anclas y zarpar, pues la parle del ca pi-