DE JUSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 13
ID: fallos_13_175
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL.
ti ~
probado por testigos cuando excede de ps. 200, segun
el Art. 20, Cap. ·lo, Tít. 15, ·Sec. 3• del Cód1go Ci\'il,
que cita Esquer : pero en este caso lo es t~ por la con-
fesion del tnismo Uernis, quien ha pretendido negar des-
pues que el baul le fuese entregado en tlcpúsito, afir-
mando que Miilos lo dejó en su cuarto, s1n reco.nendal'lc
su cu1dado. ¿Dejaría por esto Jc ser un verolaolcro con-
tra.to do dt•pósito el que nos ocupa '! r\o; porque el de-
pósi to no est;t subortlinado á forma alguna particular,
segun el Art. 1!) del Ti t. y Scc. citada; y ltalJiendo
estado el baul de
~l iiws en poder Je Uoru;s, ha con-
:;entido en guardarlo, pues el consentimiento, en los
casos on que no so 1·equiere una voluntad esprosa, puede
ser tácito y manil'osta1·se por hechos, ,\t·l.
~3, Tít. 1 o
1
Sec. 2a, y en esto caso los !tecito , aun prcscinJteudu
.Je su categórica confcsitJ0 1 rnaniticstau de una rnauer.t
tndudablo que Bcrnis consintió en
er Jcpo!;i ta1·io del
uaul y In fuú en cft·cto; de otro motlo no podr·ia ospli-
t.:arse como Mii10s lo tl t>JÚ en casa do Uür111s y por·.¡u•;
~·s t e lo trasladó á
u cuarto
p:~ ra 111ayor
sc¡;ur·iJn ~ l.
2o Que está justilicado ta111hicn t¡ue el baul cunten1a
fuerte ca nl~tl ad Jo dinero, lo quo resulta ele la espo ici.w
de U. Juan Uornis á f. :\. \"la. 1 fluicn d:co •¡uc cuaudo
traía el baul so 'lucbró la cnrreta ·los
,·ec~s y ni ba-
Jarlo se sentia corr.a algo
co ~a •o ct:nero adentro: y {,
f. 32 vta. : que cuando le entregó el baul fué en c.tli-
tlad do que era un Laul con ropa ; pero (fU Cl cuando
ha tenido que moverlo ha sentido que corría un objeto
de peso ad t!ntro, al parecer tlitct'rO; de las rlcclaracioue:;
de Remigio A\'alos, f. r, vta., Augusto ~fan oyc s , f. G vta.
y Augusto Parmantier, f. 8 vla., que afirman quo los
Hernia les dijeron que tenían un baul rnn dinero perte-
neciente á Miños, y que no podian d1sponer do él porque