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DE JUSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 13 ID: fallos_13_175

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL. ti ~ probado por testigos cuando excede de ps. 200, segun el Art. 20, Cap. ·lo, Tít. 15, ·Sec. 3• del Cód1go Ci\'il, que cita Esquer : pero en este caso lo es t~ por la con- fesion del tnismo Uernis, quien ha pretendido negar des- pues que el baul le fuese entregado en tlcpúsito, afir- mando que Miilos lo dejó en su cuarto, s1n reco.nendal'lc su cu1dado. ¿Dejaría por esto Jc ser un verolaolcro con- tra.to do dt•pósito el que nos ocupa '! r\o; porque el de- pósi to no est;t subortlinado á forma alguna particular, segun el Art. 1!) del Ti t. y Scc. citada; y ltalJiendo estado el baul de ~l iiws en poder Je Uoru;s, ha con- :;entido en guardarlo, pues el consentimiento, en los casos on que no so 1·equiere una voluntad esprosa, puede ser tácito y manil'osta1·se por hechos, ,\t·l. ~3, Tít. 1 o 1 Sec. 2a, y en esto caso los !tecito , aun prcscinJteudu .Je su categórica confcsitJ0 1 rnaniticstau de una rnauer.t tndudablo que Bcrnis consintió en er Jcpo!;i ta1·io del uaul y In fuú en cft·cto; de otro motlo no podr·ia ospli- t.:arse como Mii10s lo tl t>JÚ en casa do Uür111s y por·.¡u•; ~·s t e lo trasladó á u cuarto p:~ ra 111ayor sc¡;ur·iJn ~ l. 2o Que está justilicado ta111hicn t¡ue el baul cunten1a fuerte ca nl~tl ad Jo dinero, lo quo resulta ele la espo ici.w de U. Juan Uornis á f. :\. \"la. 1 fluicn d:co •¡uc cuaudo traía el baul so 'lucbró la cnrreta ·los ,·ec~s y ni ba- Jarlo se sentia corr.a algo co ~a •o ct:nero adentro: y {, f. 32 vta. : que cuando le entregó el baul fué en c.tli- tlad do que era un Laul con ropa ; pero (fU Cl cuando ha tenido que moverlo ha sentido que corría un objeto de peso ad t!ntro, al parecer tlitct'rO; de las rlcclaracioue:; de Remigio A\'alos, f. r, vta., Augusto ~fan oyc s , f. G vta. y Augusto Parmantier, f. 8 vla., que afirman quo los Hernia les dijeron que tenían un baul rnn dinero perte- neciente á Miños, y que no podian d1sponer do él porque