Que la ley lo obliga á presentar los recaudos
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 13
ID: fallos_13_218
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
fti
FALLOS DI LA SUPRIMA CORTE
ae funda.
Que la ley lo obliga á presentar los recaudos
que tenga y no loa que no han e1iatido jamás, pues no
hubo contrato escrito de fletamento.
Que el demandado incurre en error al citar el art. t 2t t
del Código de Comercio, pues que, no demanda el flete
ainó loa perjuicios por un fletamento mal cumplido por
el patron, y porque dicho contrato está probado en au-
tos sin que esto obste á que en el término competente
se ámplie su juatificacion.
En cuanto á la falta de personería, dice que no ha
podido deducirse porque el patron Basso contrató el fle-
tamento personalmente con Viñas, quien, como carga-
dor, tiene el derecho de ejercitar las acc10nes á que
hubiese lugar.
Que además, José S. Viñas es socio de Viñas her-
manos y de la razon social Fulgeocio Palacios y C•., de
manera que por esta razon, fuera de haber sido carga-
dor, tenia personería para haber entabladQ la demanda .
..... ....... ~teee ......
Buenos Aires, Febrero H de t873.
Y vistos- Considerando : -
1° Que si Líen el artfcu-
lo tO de la ley de procedimientos impone al actor la
obligacioo de producir con ,su demanda las escrituras y
documentos que justifiquen el derecho que se deduce ¡
dicha obligacioo no es tal que su omisioo autorice al
demandado para rehuaarse 6 contest:lr á la demanda, co-
mo ae ve al aeruodo párrafo del dicho articulo citado.
io Que por otra parte, la simple omision de docu-
IDtll&ol no bula para que en loa términos del articulo