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Que la ley lo obliga á presentar los recaudos

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 13 ID: fallos_13_218

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

fti FALLOS DI LA SUPRIMA CORTE ae funda. Que la ley lo obliga á presentar los recaudos que tenga y no loa que no han e1iatido jamás, pues no hubo contrato escrito de fletamento. Que el demandado incurre en error al citar el art. t 2t t del Código de Comercio, pues que, no demanda el flete ainó loa perjuicios por un fletamento mal cumplido por el patron, y porque dicho contrato está probado en au- tos sin que esto obste á que en el término competente se ámplie su juatificacion. En cuanto á la falta de personería, dice que no ha podido deducirse porque el patron Basso contrató el fle- tamento personalmente con Viñas, quien, como carga- dor, tiene el derecho de ejercitar las acc10nes á que hubiese lugar. Que además, José S. Viñas es socio de Viñas her- manos y de la razon social Fulgeocio Palacios y C•., de manera que por esta razon, fuera de haber sido carga- dor, tenia personería para haber entabladQ la demanda . ..... ....... ~teee ...... Buenos Aires, Febrero H de t873. Y vistos- Considerando : - 1° Que si Líen el artfcu- lo tO de la ley de procedimientos impone al actor la obligacioo de producir con ,su demanda las escrituras y documentos que justifiquen el derecho que se deduce ¡ dicha obligacioo no es tal que su omisioo autorice al demandado para rehuaarse 6 contest:lr á la demanda, co- mo ae ve al aeruodo párrafo del dicho articulo citado. io Que por otra parte, la simple omision de docu- IDtll&ol no bula para que en loa términos del articulo