, y 4o, tít. 2°, lib. 4o, Sec. 3n, Cód. Civ. 7
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 13
ID: fallos_13_229
Judges
Costa
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
Ruling Text
Ut:: JUS1'1CIA NACIONAL
233
tique una medida tondonte ¡\ esto ohjeto lo (¡ue le fué
acordado, l1a quedado osto sin efecto por no haber ejerci-
tado los medios lol)alos ¡', su alcance, debiendo imputarse á
su culpa el que no l1aya resultado liquido su crédito. 5o
Que habiendo sido susor·ito el documento de crédito á fa-
vor do los Sres. Loou~o y Gustro, que formaban entónces
una sociedad do comercio y probado por la diligencia de
r. 62 vta., que el primero quedó encargado de la liquida-
cion, está suficientemente autorizada la personería del actor.
6o Que siendo la focha del citado documento seis de Fe-
brero do mil ochocientos cincuenta y uno, y habiéndose
entablado la demanda en Julio troce del año próximo pa·
sado, han transcurrido cf)n ox\•oso los veinte años que, como
t'anico ret1uisito purn In prescripcion liberatoria exijon los
artículos :J•·, tít. l", y 4o, tít. 2°, lib. 4o, Sec. 3n, Cód. Civ.
7" Que la ospre ion del documento
e obligándome á pagar
cuando mejore tlo fortuna •, no importa una condicion im-
puesta á la ohligacion, sinó una dilacion indefinida para el
pago que no varia la nnturaleza pura do la ohligacion, des-
de que en todo tiempo podia el acreedor rjercitar su accion
-
Dalloz,
O bl i~a t ion , no t 11 ;, y ~aclaari m , lles obliga-
tions el oontr. no 22.- y R0 Que en este concepto la pres-
cripcion ha corrido t'atilmonte desde la focha del documento,
de :tcuerllo al art. 1(), lit. ·1 ", lib . .io, Sec. ::l:~, Cód. Civil :
por e tos l'und a1uc nto~. l'.tllo, dcularando que el ejecutado
ha proba(lo sus O'Ccpoionos dtl iuhabilidacl del titulo por no
estar liquidada la cantidad y prescripciou, en su conse-
cuencia no J.a lugar con costas á la ejccucion entablada
por O. Joaquín Locubo contra O. Juan F. del Campo, lc-
\'ántese el embat·go ponditlnlo, chancólcso la flanza otorgada,
hágase saber y repónganse los sellos.
Andrú Ugarri;a