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DE JUSTICIA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 13 ID: fallos_13_243

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL Drm José Jllaran!Ja cu11 JJorl Josi lJadoraco, sobre entre'Ja de tlfl. buque vendidu. Sr~mario . ·- 1 u Comprallo un buque con li~ condicion rle imputarse su precio en la cuenta corriente del ven- dedor con el comprador, no puede aquel exigir c1uc su precio se le abone tle contado. 2o ~lu cho me11os cuando hay litispendencia sobre di- cha cuenta corriente. y el comprador ofrece fianza por el valor del buque. t:aso -~n N de Mayo de ·1872 Don José M a ranga ,·entlió a Don J~Jsé Uadaraco un hlll•fue que estaba concluyendo de construir en su astillero, compl'ometióndoso á ent,•egarlo listo de carpinteros y h e rrero~, echado al agua, etc., por la suma ele 85,000 S mfc. que lo seria acreditada en su cuenta cor1·iente con el comprador con lo cual el vendedrr esturo conforme. En 6 de 'oviembre do t872, Don José M. Barsuha por Maranga se presentó ante el Juzgado do Seccion y espuso, que estando listo el buque y no habiendo Ha- daraco ~omado p"scsion de él, so \'eia en la nec•~sidad de demandarlo pidiendo se le condonase á recibirlo y