DE JUSTICIA NACIONAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 13
ID: fallos_13_243
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL
Drm José Jllaran!Ja cu11 JJorl Josi lJadoraco, sobre
entre'Ja de tlfl. buque vendidu.
Sr~mario . ·-
1 u
Comprallo un buque con li~ condicion
rle imputarse su precio en la cuenta corriente del ven-
dedor con el comprador, no puede aquel exigir c1uc su
precio se le abone tle contado.
2o
~lu cho me11os cuando hay litispendencia sobre di-
cha cuenta corriente. y el comprador ofrece fianza por
el valor del buque.
t:aso -~n N de Mayo de ·1872 Don José M a ranga ,·entlió
a Don J~Jsé Uadaraco un hlll•fue que estaba concluyendo de
construir en su astillero, compl'ometióndoso á ent,•egarlo
listo de carpinteros y h e rrero~, echado al agua, etc., por
la suma ele 85,000 S mfc. que lo seria acreditada en
su cuenta cor1·iente con el comprador con lo cual el
vendedrr esturo conforme.
En 6 de 'oviembre do t872, Don José M. Barsuha
por Maranga se presentó ante el Juzgado do Seccion y
espuso, que estando listo el buque y no habiendo Ha-
daraco ~omado p"scsion de él, so \'eia en la
nec•~sidad
de demandarlo pidiendo se le condonase á recibirlo y