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OB JUSTICIA NACtONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 13 ID: fallos_13_261

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

OB JUSTICIA NACtONAL. 265 especial, las observaciones que sa relacionaaen ~on el fondo del contrato. Fallo del .,ue& de Seeeien. Buenos Aires, Marzo 19 de 1873. Vistos y considerando : - 1 o Que la escepcion de in- habilidad del t!•ulo la apoya la parte ejecutado : 1 o l<~n 'JIIe por la cláusula final del .;ontralo ha quedado libra- cla la ejecucioo ~e aquol á su esclusiva voluntad; 2o En que, aún prescindiendo de aquel fundamento, tendrían el clcrecho de no cumplir la obligacion que contrajeron, sin mas accion por parte de los ejecutantes que la de reclamar daiaos y perjuicios; 2° (Jue lo cláusula in\'ocada por los ejecutados solo •lctermina 'lue, faltando los dueiíos :lel \'apor á las obli- gaciunes de pagar las cantidades de dinero espr~sadaa en el contrato, cesa la obligacion de los constructores, que son los ejecutantes; y ella excluye de todo punto el primer fundamento que sir\'e c.le base á la escepcion de inhabilidad, por cuanto no solo su tenor literal es com- plet""mente contrario á dicha cláusula que solo ha teni- do en vista eximir de toda ohligacion á los constructo· res en caso que no recibiesen las cantidades que debían :H.Ielantarles los dueños del ,·apor, sinó porque seria ab- surdo dejar á la \'Oiunlad de una de las partes la wdide1. y eficaciA del contrato, lo que seria contrario, por otra JHlrte, al art. 20!) del Código de Comercio, que dice que las obligaciones no pueden ser re\'ocadas sinó por mú- tuo consentimiento;