← Back to results

DI mSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 13 ID: fallos_13_303

Judges

Costa

Ruling Text

DI mSTICIA NACIONAL. 307 indenmizacion de dailos y perjuicios; y pidieron además que se mantuviera el emhargo del buque, tanto para poder hacer la inspeccion pericial ncces:Jria, cuanto para que c·ospondiera ;i las resultas de la de11111nda r¡ue est;1ba fun ciada en prueba fchncieute. Conido traslaJo, Girú y Oor·mit si n contestar, oijet'OII 'lile anto todJ el Juez dcbia tlesemhargar el buque, eu c:umplimicnto de la sontencia de la ~uprcma Corte, y c¡ue el Juez carecía de doreclco para m :~ nteue r el embar- ;;-o por un solo dia contra lo orde n :~rl o por el superior. El .Juez pt·oreyó que una rez lJIIC fuese cracuodo el ll'aslado se pro recria. Tarnhien dijeron (;ir·ó y Oermil l¡ue habiendo la Su- prema Corte rerocadll la sentencia de remato dictada pot· el Juez, pedinn se les abon:lsc por los ejecutantes el importe clr' los houorarios rle ~~~ nhogaclo y la' costa!' de ••ficina. lluenos Aires, ~l ayo ~~el e 187:1. No estando ordenad•l por la sentencia de la Supro111a Corte, no ha lugM. Zava/eta. IJe este auto apelaron (;iró y Uermit, y el recurso se concedió en rclacion. Sobre el incidente de desembargo del buque insistieron diciendo : que la demanda ordinaria nada tenia que ''er con el juicio ejecutivo conclui•lo ; que para entrar al uuevo juicio era necesario que la conclicion del deman- dante y demandado se igualaran préviamente; que elloK