Los demandados declinaron la jurisdiccion diciendo
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 13
ID: fallos_13_356
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
360
'ALLOS DI LA SUPREMA CORT!
comercio de la Conoepoion del Uruguay ante el Juzga-
do de Comercio de Buenos Aires.
Los demandados declinaron la jurisdiccion diciendo
que el autor debe seguir el ruoro del reo, y que ello11
estaban establecidos en la Concupcion del Uruguay.
El Juez no hizo lugar á la declinatoria fundándose
eo que la cuenta que se cobraba procedía de efectos
comprados en esta plaza.
Los demandados pidieron rf!li'OCl1 oria de este auto.
Dijeron q116 el art. 43 dol
Céo ltll•J do Comercio nn
podía aplicarse al caso por no haber las partes elejidn
un domicilio especial en el acto de la compra ; que
el hecho de la compra de las mercaderías no era au-
Ociente para que se entendiera prorogada la jurisdiccion
con arreglo á dicho articulo¡ que además ellos y los
actores eran \'ecinos de dtver$aS pro\'incias y por lo tan-
to la justicia federal era la única competente eo el
01110.
El Juu revocó su auto anterior declarándose incom-
petente.
Los demandantes ocurrieron entonces al Juzrado Fe-
deral de esta Seccion entablando la misma demanda con-
tra Fernaodez y C•.
ralle ••• ..... heete•al.
Buenos Aires, Abril
~5 lte t 8,3.
Constando de los antecedentes accmpañados que el
demandado dedujo la excepcion do incompetencia de cual-
quier tribunal do esta pro\•incia, por no ser los de su
domicilio; y siendo un principio general que el actor