Ca&o.-Confirmada por la Suprema Corte con fecha
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 13
ID: fallos_13_376
Keywords / Subjects
SEGURO
SOCIEDAD
Ruling Text
380
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Ca&o.-Confirmada por la Suprema Corte con fecha
2·1 de Abril de t.873, la sentencia del Juez de Seccio n
de Buenos Aires, en que declaró que era de arbitra-
miento forzoso la cueslion promovida por O. Nicolás Ccr-
ruti contra la
e Sociedad italiana de seguros mútuos tlu-
viales, ' y devueltos los autos, el demandante p!dió
s~
convocara á las partes á juicio verbal para el nombra-
miento de árbitros.
En el oomparenrlo la parte de Cerruti esp,uso t¡ue
antes de proceder al sorteo de los árbitros que, segun
los estatutos, debian enten,Jer en la demanda, hacia pre-
sente b neceaidad de que el Juzgado designara dia para
que, convocada en él la asamblea general, hicieso esta
el nombramiento de las porsonas entre las que debían
insacularso los ár·bitros ¡ porr¡ue, segun entendía, dichas
personas debían sor nombradas para cada caso, y porque
artnque no fuese necesario el nombramiento para cada
ca.. • sinó uno solo para todos los que ocurrieren, no
le consta á su parte si dicho nombramiento se ha · he-
cho, ni en la hipótesis de haLer
teoi~o lugar, tiene los
medios de saber si dicho nombramiento fué hecho con
las formalidades debidas.
La parte de la compaiiÍa contestó que la primera
cuestion estaba resuelta con claridad en el sentido ne-
gativo por los estatutos, pues ni se.ria posible que hu-
biera de hacerse el nombramiento para cada caso ocur-
rente¡ y que la segunda cuestion estaba resuelta por la
primera, pues, dada la existencia de una sociedad que
está obligada á funcionar con arreglo á sus estatutos.
los actos que practicare deben con si dcrarse ajustarlos á
aquellos mionlras no se alegue y pruebe algun vicio ó
irregularidad.
El demandante pidió que el Juzgado ordenase á la