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Que esa acta fué notificada por exhorto á los S.S. Grogoel

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 13 ID: fallos_13_414

Jueces

Barra Costa

Voces / Materias

COMPETENCIA

Texto del Fallo

4f8 f'ALLOS OE LA SUri\EMA f.OI\'m eurrentes á la junta á estar y pasar por las esperas y qui- tas concedidas por la mayorla de acreedores presentes. Que esa acta fué notificada por exhorto á los S.S. Grogoel y Ca. en ~H de Diciembre del af1o ppdo., sin que hastá el presente hayan interpuesto recurso alguno legal. Que por eoosiruiente, la referida resolucion es concluyente, y este Juzrado no puede entrar á conocer de los vicios ó defectos que ase¡ura el ejecutante invalidan el j•1icio de esperas, sin desconocer la independencia de la justicia local, cu materias que son de su esclusiva competencia y sin some- ter sus actos á la revision de este Juzgado. Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en laleyt•título t.t, P.3•, artículodoscientos setenta y siete de la ley Nacional de catorce de Setiembre del se- senta y tres. Declaro : (¡ue no hay lugar á la ejecucion con costas al actor. Eo consecuencia entréguese la cantidad depositada. Repóngan se~ los sellos y archivase en oportu- nidad. J•1an C. Albarracin,. Habiendo apelado c·l t'JCCutante, se dictó cstP : Fallo •e la !16upre_. ('ere•. Ruenos Aires, Agosto ~ tle 18i3. Visto¡¡ : por sus fundamentos se confirma con costas ol auto apelaüo de foja treinta y cinco ; satisfechas y repuestos los sellos devuélvase. SALVADCJR M. DEL CARRIL. - FRAN- CISCO DELG.o\00. - JOSÍ BARROS PAZOS. -J. DOMJNGUEZ.