← Back to results

DE JUSTICIA NACIONAL.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 13 ID: fallos_13_419

Judges

Costa

Keywords / Subjects

COSA JUZGADA

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL. fué protestada contra el referido Gobierno, no contra el ejecutado corno se vó de la nota puesta al dorzo de la ci lada letra. 4o Que la esccpcion de inhabilidad del título, aunque autorizada por regla general por el articulo 2i0 de la Ley de Procedimientos, está escluida en el caso por disposicion especial del Código de Comercio que en su artículo R52 limita l;,s escepciones, que contra la accion ejecutiva ele las letras de cambio pueden oponerse, á las enumeradas en dicho artículo, y entre ellas no está comprendida la de inhabilidad. 5o Que por otra parte, la esccpcion de inhabilidad está destruida por In cosa juzgada, segun )a cual el ejecutado ha contraído la obligacion personal de abonar la letra á su vencimiento (considerando 1 o de la sen- tencia de f. 1 G y ti.} Por estos fundamentos, se declara que el ejecutado D. Felipe Rccalt1e, no ha opuesto escepcion legitima, y por consecuencia ordeno llevar adelante la ejecucion y hacer trance y remate en los bienes embargados hasta hacer efecti,·o pago á los ejecutantes A. Rocca y hermanos, del capital, intereses y costas. Repónganse los sellos y notifíquesc ··on el originnl. hlnrmel l a!la{ctu o llaLicndo apelado llecaldc, se dictó este : •·ano •• la !lluprema ( 'or&.-o llu cno ~ A1rcs, A¡;oslo '·' .tr tRi3. \' t ~ to ~ o l'or :'11:- l"nrulilmcnto:>. :;e ocnfirrna con costas