De esta sentencia apeló el demandante y el recurso se
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_36
Jueces
Costa
Texto del Fallo
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FALLO DE LA SUPREMA CORTE
De esta sentencia apeló el demandante y el recurso se
le concedió libremente.
Espresando airavios, dijo: que la sentencia era injusta
y nula por cuanto el Juez suplia de oficio la escepcion de
prescripcion, violando las leyes del título 22, Pa. 3•, art.
t8, titulo t o, Sec. 3•, lib . .t.o Código Civil y la jurispru-
dencia romana, concordante con las leyes citadas. Que
por otra parte no es el Código Civil sinó el de Comercio
el que debe aplicarse al caso, el cual en el art. too¿ se-
ñala el término de dos años para esta clase de presccrip-
ciones. Pidió á la Suprema Corte que revocara la senten-
cia del infer10r y resolviera la causa conforme á la demanda.
Buenos Aires, Setiembre 1t de t873.
Vistos : considerando que es espresarnente prohibido á
los jueces, tanto por el Código de Comercio, artículo nove-
cientos noventa y nueve- como por el Civil, artículo diez-
y ocho título de la prtscripcion, suplir do oflcio la escepcion
de pr!!scripcion -se revoca el auto recurrido de foja trece
\'uelta, y satisfechas las costas, devuélvanse para que el
Juez de Seccion proceda con arreglo fl los artículos ciento
ochenta y cinco y ciento ochenta y seis de la ley de
procedimientos.
SALVADOR M. DEL CARRIL.- FRANCISCO
DEtGAoo. -Jost BARROS PAzos. -
J. B. GonosTIAGA.- J. DoM&NGUBZ.