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PALLOS DE LA SUPREMA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 14 ID: fallos_14_82

Jueces

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Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

86 PALLOS DE LA SUPREMA CORTE Ca1o. - D. Juan Suarcz Monteiro, capitan del buque • Rápido • pidió se practicara por los Sres. narran y Uriet el reconocimiento do dos reci~os firmados por ellus de la carga del buque que fué fletado JlOr los cargndores del buque • Alberto Premuda • en Marsella con condi- cion de ser consignado en But'nos Aires ó los agentes de loa fletadores. Los Sres. Barran y Uriet reconocieron los recibos. Suarez pidió se despachara contra ellos por el importe del flete que le debían como consignatarios de la carga el mandamiento señalado en el art. 313 de la ley do procedimientos. El juez no hizo lugar por no tener el contrato de neta- mento las condiciones requeridaS¡ por el art. 248 de la ley de procedimientos. ,_ A pedido Je Suarcz turo entonces lugar un JUICIO rer- bal en el que narran y Briel Jnanifestaron haber recibido el cargamento. A pedido de la misma parte el administrador de Rentas Nacionales remitió al juzgado una c6pia del manifiesto del • Rápido • en que se declara la carga á consignaciou de A. Barran y A. l.lriet. En este estado los demandados oblaron la suma de 5507 nes. á disposicion de Suarez. Dijeron que ellos eran simples consignatarios del ca- pitan y no de la carga; que como tales llahian podido cobrar de los cargadores de las mercancías trait.laa por el • Rápido • la suma de G20~ Oes., que de esta suma habían tenido que hacer varios pagos por la cantidad de 698 Ocs. segun cueuta que presentaron ; que oblaban por consiguiente la suma residual de 5507 ftes; que para completar el flete faltaban 889 nes. que se debían por al- JUBOS car¡adores morosos y que Suarez debia demandarlos