DE JUSTICIA NACIONAL.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 14
ID: fallos_14_99
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
CONTRATO
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL.
103
2o El pacto comisorio es reprobado por derecho aun en
los casos en que no está condenado por disposicion ex-
presa de la ley.
So Para la existencia y validez de los contratos con-
mulatiros se requiere que lo que uno de los contratantes
dó, sea una cosa séria y no irrisoria en relaci:on de la
que recibo, y que la proporuion entro lo que se dá y lo
que se recibe no sea tal que no pueda establecerse por
personas de sano juicio y con ánimo de hacer un negocio •
.t.o La libertad de contratar tiene sus límites y un pacto
reprobado por el derecho y condenarlo por la 1 e y es siem-
pre ilícito y nulo, sea cualquiera la forma que él asuma.
5° Hay casos en el derecho en tJUe el locador puede
reclamar directamente contra el sublocatario y vice\1ersa ¡
el sublocatar10 tiene por consiguiente el derecho de tener
conocimiento de lo conrenido entre el locador y el loca-
tario para poder usar de sus derechos ó evitar sus res-
ponsabilidades con respecto al locador.
6(1 El deudiJr que no cumple su obligacion no incurre
en la pena convenida, cuando no puede verificar su cum-
plimiento por causas provocadas ú ocasionadas por el
acreedor.
Coso. -Madero y Ca, locatarios de un terreno y edificio
en calle Esmeralda, de propiedad de O. Em1lio Castro,
sublocaron en Marzo 28 de 18i'l á D. Armando Tourne·
ville, una ¡ parte de dicho terreno con el mencionado edi-
ficio por el alctuiler mensual de 8 mil pesos mfc. pa~aderos
el último dia de cada mes y por el plazo de iO años,
á contar del 1 o del siguiente mes de Abril.
Tourneville dió por g:nantia las obras y mejoras que iba
á hacer en el fundo subarrendado, y en caso de no poder