DE JUSTICIA NACIONAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 14
ID: fallos_14_149
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
CONCURSO
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL.
153
forme á lo dispuesto en los artlculos 45 y 4U de la ley
de procedimientos.
Pedido informe al
Jt~ez de Comercio de la Provinc1a,
esto contestó que hacia algunos rneses había sido declarado
en r1uiebra el estrangero O. Antouio Suffioni quien habia
fugado. Que llamado sus acreedores, comparecieron entre
otros los Sres. Canepa y Ca cobrando al concurso una
cantidad de pesos, segun cuenta escrita por el mismo
quebrado, y que los interesados remitieron desde Tucu·
ruan, donde aquel se habia asilado. Que comunicada la
cuenta al Sindico y á los acreedores, uno de esl.os, Don
tiaspur Taboada, la impugnó ofreciendo la prueba de haber
sido el quebrado socio de los Sres. Canepa y C•, y ha-
ciendo por consiguiente á estos responsables del dt'!licit
r1ue ofrecía la realizac10n de los intereses de la masa. Que
r:omo se vé, no es una nueva demanda contra Canepa y
Ca, sinó un incidente del juicio de qu1ebra. por la parti-
cipacion que se denuncia han tenido en los negocios del
prófugo
fallido,
incidente en que l1a debido entender
ese Juzgado, segun lo dispuesto en el arl. t53G del Có-
digo de Comercio.
Que Canopa y e• son los demandan-
tes, pretendiéndose acrrtledor.es del concurso, y Tabo:adn,
acreedor tarnbien, impugna el crédito de los primeros,
fundándose en la sociedad referida.
Final meute que aun
su poniendo que el incidente no tuviera el origen men-
cionado, y que fuera una demanda contra Canepa y Ca,
seria necesario para fundar la jurisdiccion nacional, que
los individuos que la forman, como sociedad colectiva,
justificasen que todos son estrangeros.
Corrida vista á D. Agustin Canepa, este acompaiíando
algunos documentos, espuso que la sociedad se componía
de él y de su hermano D. Nicolás, y produjo una informaciou
de testigos para demostrar que ambos eran eslran¡eros.
T. V.
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