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PALLOS D! LA SUPREMA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 14 ID: fallos_14_166

Texto del Fallo

f 70 PALLOS D! LA SUPREMA CORTE sancion, pertenecían á la Municipalidad de Oelgra no, . y no de los •.>tros terrenos de p.articularos. 3o El interJicto de retener la pososion debe cn t :~ltlrt . r­ sfl contra quien intenta perturba rla. Ca1o. - O. Angel fioncoroni y O. llngo Brown e tr:m- gt'ros se presentaron anto ol .Juez f' tJ,foral tic Oucrws Aires esponientlo: que en 5 ,Jo ~ o r ic ruhrc de 1872 coiH· praron en público remato judicial 1 ~ cuadras •le terreno en el partido de Uclgrano, l i ru i t .Hin~ en u fomlo P~~~" lt.:rrt•nos de la Chacarita en que se encuentra l 10 ~· e::.la- blecido un cementerio de la ciud:HI. Que estando en pacífica y ll•gíhma poscsion del men- cionado terreno, la Municip:diJaJ po1· mcd1o de sus em- pleados había mtimado verbal mente á su arren tlal<~l' iú B. Francisco Escossena, el 'lcsalojo del terreno y cd1ficios que le pertenecían. Que posteriormente, 30 homhrcs mantla.los por la l\lunicípAiidad habían iniciaJo trab:1jos allí, echando ab.ljo las cercos y cortandú las zanjas do sus líu1ilcs. Que cualesquiera que fuesen los fines de pú ~l i ca utilid:.d ó C<Jnvenícncia que tuviera en \'Í ~ ta la ~l u n i c ipalida d ~e Duouos Aires, ellos no podi:m autorizal'lu á proccrlirnicn- tus tan violentos s arbitrarios que podíJn cons1dcr'tHso un rerdadero alentado desde que importan uu dc•sp(ljo } el 111as esplicito desconocimiento del inriolablo dcrccl•o de pro ¡~ i edad consagl'ado por la Constítucion. Que .si se trata de una cspropiacion por causa de u ti. lidaJ pública, ha dehido procederse con arreglo á la ley, indt:mnizando al propit:lario notes de apoderarse del bitn f8 1Z. lfl\'Ocando el arl. 2n, tí' 3•, lib. 3o y sus concordan-