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Nacional á la formacion de causa sin que preceda el alla-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 14 ID: fallos_14_226

Voces / Materias

COMPETENCIA DELITO

Texto del Fallo

230 FALLO& DE LA SUPREMA CORTE Buenos Aires, Octubre 9 de t813. r\o pudiendo procederse c:ontra un miembro del Congreso Nacional á la formacion de causa sin que preceda el alla- namiento del fuero por la Cámara r~spectiva, de acuerdo al art. (;~ de la Conslitucion Nacional, ampliado por el 27 de la Ley Penal ; no pudiendo ser dirijida en este caso la in:~tru ccion contra D. Roberto Brochero, quien no ha sido puesto á disposicion de este Juzgado ; por lo que es irn- posi blo juzgar sin este he¡;ho y sin tener á la vista los antecedentes de su proceso de la op<•rtunidad de instruir un sumuio ni sobre la competencia do este Juzgado, nó ha lugar a lo solicitado por el Procurador Fiscal y archí- \'eso. Andrés Ugarri:.a . • !'\otificado el Procurador Fiscal pidió revocatoria 6 ape- lacion en subsidio. Otjo que el pri\'ilegio concedido por el art. Gl de la Conslilucion ~acional no es tan vasto ni abso~uto como el Juez lo supon~. Que el pri·,·ilegio par.la- mentario so limita á no poderse arrestar á los miembros del Congreso, lo cual en manera alguna puede hacerse esten- siv() hasta el extremo de que no se pueda instruir sumarios para la averiguacion judicial de los delitos cometidos por miembros del Congreso. Que por el contrario, la facultad de ¡troceder á la formacio11 del sumario está pre\•ista y au- torizada por el art. 6~ , cuando dice : • examinado el mérito • d91 sumario en juicio público, podrá cada Cámara etc. • , disposicion que no tendría razon de ser si los jueces no