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Y r~sultando : 1 \) Que está justificado por confesion de

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 14 ID: fallos_14_232

Voces / Materias

SEGURO

Texto del Fallo

936 FALLOS DE LA SUrREMA CORTB Y r~sultando : 1 \) Que está justificado por confesion de 1m has partes que la t~spres í\dn goleta recibió á su bordo en este puerto con destino al del Paraná, varios bultos mercancías, por los que no consta se hubiese exigido firmara conocimiento el patron y ni se ha espedido, 6 por lo menos no so laa pre:iontado. ni se ha cspue!'t<> el hecho do haberse firntadn. 2o Que la espresacJa goleta llegó al puerto •le Santa-Fé, para cuyo punl•J contiucia tarnLiou wercaderia · y de flontle despachó las flt"lrteuecirntes á Vu'aas en IJI lanclaon • San José, • que naufragó antes de llegar al puerto del Paraná, ó de poder desembarcarlas ( Escritos de demanda y cun- lestacion, posiciones de lojas flü y 67 y i~ y n, decla- raciones de los testigos antiago Casana y f.ristóbal ~l i ­ chE:na que corren tlo fojas ii ;, Rt .) 3" Que el trasborde al lanchon e San ,José • so luzo tlo !il f1 10 de In mañana, con buen taernpo, pero t1uc do 11 á 1 ~ do la noche del mismo tlia huho una tormenta muy fuerte que prorlujo el naufragio del citado lanchon como á rlos leguas del puerto del tra!'bordo (declaraciones c;itadas mas antes de los testigos Ca ana y Michera y pOSICIOnes de f. 73. 4" Que el lanchon e :'an José, • cu que se hiz•• el trasbordo, era huono y se¡;u ro y se Cllll'leaba ordinaria- mente en el tráfico do conducir wercancias de uuo á otro de los puertos du Santa-fé y P..raná (los r..isntos tes- lisos ). 5o Que es de práctica diaria y en renlaja Jo los mis- mos cargadores que los buques till O lleven carga para t>l Paraná, la remitan á sus ospcnsas en los lanchones rh:l lr:\flcCI, sin que preceda COO\'~O i O , práctica rondada EJil la ventaja de evitar demoras y en que los buques, de r1ue se sir\'en, son perfectamente seguros ( los mismos tesli-