OE JUSTJClA NACIONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_267
Ruling Text
OE JUSTJClA NACIONAL
se.1 solo en rolacion, aunqno con suspension de los pro·
cedimientos por parte del juez a quo.
2" En dichos recursos no pueden presentarse alegatos,
y solo queda integro á las parles el dertlcho de la de-
fensa oral al tiempo de verse la causa.
Caso. -
ficcl1nznda la demanda ejecutiva entnlllada por
ol Procurador Fiscal contra U. · alvador Me1:dy
sobro
cohro Jo derechos, el Procurador fiscal interpuso recurso
tic <~p ela c i on , que so le concedió por el Juez do Seccion
en ambos efectos.
~lcvnd o s los autos á la Suprema Corto, Mendy, in\'o-
cando el art.
30:> de la ley de procedimientos nacio-
ualcs, pidió y obtuvo que pasáran los autos al rela·tor.
El Sr. Procurador f;eoeral reclamó 'lcl auto mandando
pnsar los autos al relator, y pidió so lo permitiera es-
prcsar agravios, fundándose on el arl. 27U do dicha ley.
Fallo de la l!tupreaaa Corte.
Ouenos Aires, Nu\'icmlJre 20 t.le 1 d7:J.
Considerando que, si Lion por ol artículo doscientos
sctentn y nue\'c de la Ley do procedimientos, so dispone
fiUC la sentencia de remato os apelable en ambos efec-
tos, por el artículo lrl!scicntos y cinco, destinado á es-
t;lhleccr la forma de dicho recurso, se prescnbc quo
u n:~ \'07. clc,·;ulos los nulos, so d:~rú cuonkt-en acucrdv
y se mamlarún pasar al H.·lator, agrc¡;amlo en el si-
guiente, que no debo admilir e on la . uprema Corto
escrito alr;uno de ale¡;alo, lo que equivale ú decir quo