DE JUSTICIA NACIOl'iAL.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_275
Judges
Costa
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIOl'iAL.
parliflas solo so ha justificaelo con la carta de f. 100
juc.licialmcnlo reconocida la obligacion en quo esl{t Der-
Ilales de ahonar
1:~ mitad rlol valor ele un m::cho muerto
en :;n servicio sin que se ha y:~ justificado su precio. Por
estas consider3cionos y ele acuerdo con lo dispuesto en
la citada ley pri111era, tít. U, P. 3•, mandó que O. Fran-
cisco .1. Dernales pngue ::i U. Vicente Munivos, ;, juicio
de peritos. la mila<i del vnlor del mncho muerto, quednndo
á nquel su derecho á snh·o por el vnlor de las 20 fanegas
do t.·igo que Munives ha conlcsado deberle y que el nclor
110 ha comprendido en !'U demanda. Sin especial condena-
cion en costns. 1\ep<.inganse.
Jtton C. i\1/mrrarin.
Habiendo apelado Ucrnales se dictó este
f~ano de la !liuatre n•• (.'ort.-.
nucno!' Aire::, ~ o ,·i e mhre ~2 rlc 1 Ri :J.
Vi Lo-: Por sus l'undnmcnlos, se confirma la sentencia
apt'ladn, escoplo "'' cu::mlo (1 la condenacion en costas
contra Bc m:~ lc!', en cuy3
p:~rt(' se ro,·oca, debiendo ser
satisfechas las ele ambas inslanci:1s. segun hay:m sido causa·
d:1s; S:ltisfoch:ls las ele esta instancia y repuc~ t os los sellos,
dovuélranso.
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