DE JUSTICIA NACIONAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_299
Judges
Costa
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL
303
conlrarencion á los arts. 1 o y 3o de la ley de 11 do Oc-
tuhre de 18G4 y por consecuencia es de ningun valor.
Por estos fundamentos, y con arréglo á los arls. &t y
52 de la ley úllunamcnto ci lada, fallo, declarando que los
Sres. Silvoyra y Goulstone no tienen derecho para emplear
el ácido clorhídrico en la conscrvacion de carnes, y nula
y do ningun valor la patento de im•encion cuyo título corro
á f. 30 y que se les Ita otorgado por el sistema 11 que se refiere
la dcscripcion de f. 28 ó informe de f. 4 7, salrándoseles
su derecho para ocurrir donde corresponda en solicitud
Jo certificado de adicion ó pcrfccciona1nicnto ; y con es-
pecial condenacion en custas {t los esprcsallos Silveyra y
Goulstone.
Repónganse los sellos y noli fi.¡ueso con el
original.
Manuel Zavalela.
llabiemlo apelado el demandado so dictó este.
Fallo de la 8uprema (;orte.
nucnos Aires, ~oviembrc 20 de 1873.
Vistos: por sus fuoclamenlos so confirma, con costas, el
auto apelaclo do foja c!incuenta y seis vuolta ; y satisfechas
las costas y r11puestos los sellos devuélvanse.
FIIA~Cisco DELGADo. -JosÉ HAn nos
1\\zos. -
J. ll. GonoSTIAGA. -
J.
UOMI~GliEZ.