DE mSTJCIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 14
ID: fallos_14_307
Jueces
Costa
Voces / Materias
ADUANA
Texto del Fallo
DE mSTJCIA NACIONAL.
3H
calcular con relacion á toda la partida porque no se hizo
mas que un manifiesto.
Pidió se revocara lil resolucion de Aduana.
El Procurador Fiscal contestó que el 8 0jo de tolerancia
no se computa con rclacion al total de la factura, si:nó
al contenido do cada bullo ; que es esa la práctica de la
Aduana y la verdadera inteligencia que debe darse al art.
134., sobre todo si se tiene presente los anteriores desde
el 107.
Pidió se confirmara la rcsolucion del administrador.
Ducno!< Aires, Octubre ti de 1873.
Por los fundamentos espucstos por el procurador fiscal
en su precedente vista, se confirma la resolucion de Adua-
na de f. tO vta., devolviéndose en su consecuencia.
Andrés Ugarri:a.
llabiendo apelado Oagnino de Antonio, se dictó este
Falle de la 8upre•• (:or•e.
Ducnos Aires, Diciembre 2 de 1873.
Vistos : por sus fundamentos, se confirma con costas el
nulo apelado de foja veinte y cuatro; satisfechas las de
la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
FnANC'ISCo 0EJ.GAoo. -Jos~ DAnnos
p ,, zos. ·-J. D. GonosTJAGA.- J.
DoMJNGUEZ.