DE JUSTICI:A NACIONAL
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_345
Jueces
Moreno
Costa
Voces / Materias
DE JUSTICI
Texto del Fallo
DE JUSTICI:A NACIONAL
349
y la ley que lo rige, usa de su derecho, y cualesquiera
que sean los perjuicios causados por esta medida no pue-
den serlo imputados.
Caso. -D. Ernesto neutcführ recibió en oréstamo del
•
nrmco llipotcc:.rio de llueoos Aires la suma de 5 mil pesos
f11erles oblig;indose <Í dovol\'crlos en pagos semestrales anli-
ci pados de 250 S fts. ; {t la seguridad y garantía de sus com·
promisos hipotecó á favor del llaneo varios terrenos de su
propiedad en el pueblo de Moreno, y se obligó ó abonar
el .interés tlcl 2 p. ofo sobro las cantida1les quo dejase de
pngar, en el plazo con\'enido1 estipulando arlemás que en
todo caso do falta de cumplimiento á sus obligaciones pu-
diese exigirse por el lhnco el pago total con facultadl de
proceder en caso oe no efectuarse tal pago á la venta
pública del inmueble hipotecado.
i\o habiendo pagado Ueuteführ anticipado el semestre
que vencía en Julio de 1873, el llaneo le cobró la multa del
interés y anunció el remnlo de los bienes hipotecados.
Ueuteführ ocurrió en Mayo de t873 al Juzgado Federal
pidiendo se suspendiera por el llaneo el remato anunciado,
y se lo condenara al pago de los daños y P"rjuicios que ba-
bia causado con este anuncio á su crédito.
Dijo quo segun el art. 29 do la ley de
~oviomb re 25
de ·1871 á la f(Ue se refirieron el Banco y él en su con-
trato debe procederse al remato de los bienes hipotecados
á los 75 dias despues tle vencido el semestre en que es-
tuviese diVidida la anualidad¡ y q u o el semestre no ven.
ciendo sinó en el t o do Julio, los 75 di as arriba indicados
debian empezar á correr desde aquel dia.
Corrido traslaJo conlesló el Banco que debia rechazarse
con costas la demanda do Deutcltihr; que si no habia veo-
'cido el semeslre babia vencido por coufeaioo de él el plazo