DE JUSTICIA NACIOSAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 14
ID: fallos_14_347
Keywords / Subjects
BANCO
CONTRATO
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIOSAL
35t
:Jn Que en
1:~ contc tacion ti la dcman1la el Banco ha
sostenido sus <lcrcclaos :'1 rcmatnr los terrenos que le fue-
ron nfuctaclos por el hecho solo do no ha berse pagado el
primer scmrstre del corriente aiio en la prirncra quincena
do Enero, funtlúnclose en la ley org;ínic:l del Banco y cláu-
sulns de
1::~ cscrilur:1 de hipoteca suscr·ita por el dcrnan-
clnntc, convin iendo por lo dem:ís en los hechos ascrcrarlos
en la l!cm:lntla.
4.o Que colocada en estos tórminos la cuestion sub-jllllice
es de puro derecho y su rosolucion osl<'r comprendida en
términos de la ley y del contrato entro las p :-~ rles.
!)o Que segun ap:.~rcco este último por la escritura pú·
blic:1 de f. 30, se convino por cláusula r¡ uo la primera
fJUinccna do los meses do Enero ~~ do .Julio do coda airo
seria la época p•·ccisa do cada
p:-~go semestral el f'}liiC se
ofcclunria :l4lclantado, cm pcz{lndose {1 efectuarle en es la
4lcsdc el IH'incipio que so pagó adelantado el segundo se-
me lro del úto 1míximo pasádo.
(jo Que en los cnsos en t¡uo ltay plnw fijado en la obli-
::;aci•m uel delltlor se consltituye en mora por el solo hecho
de drjar vencer· el pl:lzo sil' cumplir con la obligncion.
7" Quo para los erectos
proclt~ ci d os por In demora en el
pago y dcm:1s faltas á lo pnclado, los contrnyentcs se
refieren á In ley ort;•ínica r.:n el final de la escritura de
hipoteca, teniendo nrlcm<ls aquella fucrzcl obligatoria corno
una lry pro,·incial emanada del Poder Legisla tivo du la
Pro\'i n ci a.
So Que por el nrt. 28 de la ley citada se dispone que la
falt:l de pago de un solo semestre hace exigihle el total de
la deuda actual y el 29 d<~ al IJanco la facultad de proce-
der á la \'cnta en remate de los bienes afectados no solo
para el caso del inciso 1 o del citado artículo sinó tambien
y espresamonte para el del articulo 28, y