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DE mSTICIA NACIONAL.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 14 ID: fallos_14_363

Voces / Materias

ADUANA CONTRATO

Texto del Fallo

DE mSTICIA NACIONAL. 367 Que ficzzia y Sala no pueden haber sufrido pcrju1c1o en las obras á hacerse en la casa que fué de Comas á que se refiere el contrato de 1 O de Enero, porque la suspension no fué en esa casa sinó esclusivamente al terreno de calle pública en el cual rccicn iban á iniciarse trabajos. Que el caiío maestro á que se refiere ese contrato está ta tnbien en la casa del Sr. Comas y en ninguna parle consta c¡ue la desviacion hubiera de hacerse por lo quo hasta enlónces era calle pública. Que esa desviacion que ta~m­ poco pudo verificarse sin ¡permiso de la Municipalidad, pl)dia lle\'arse por otro lado, por los almacenes que es'láo al naciente de la casa de Comas ó por el edificio \'iej() de la Aduana. Que es temerario el cargo por 400 $ fts. por intereses do los 8,000 valor del edificio á hacerse en la casa do Comas, porque, como se ha visto, la suspensioo nada tuvo que ver con ese edificio. Que los 4,000 8 fts. que cobran por materiales perdidos y por jornales de albañiles que no trabajaron durante la suspeosion es un cargo injusto que le hacen, porque esoa materiales y esos albañiles pudieron ocuparlos y los ocupa- ron en las grandes construcciones que teoiao contratadas sobre las que no habia pesado suspeosion alguna. Que fuera de esto los t ,000 8 fls. de multa á que se refiere la demanda, de ningun modo debian estar consig- nados en ella: 1'>, porque aun supuesta la falta de cum- plimiento al contrato de tO de Enero, ellos no habían in- currido en la multa estipulada desde que esa falta provenia de causas que no les ~ran imputables; 2°, porque por esle motivo ni se les ba exi¡ido ni han pa~ado ni pa¡aréo la mencionada multa. Que además no habiendo vencido aun, á la fecha de la cootutacioo loa t8 meaee acordado• por el primer COD•