DE mSTICIA NACIONAL.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 14
ID: fallos_14_395
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
DE mSTICIA NACIONAL.
C~IJ8A X''·
D. Pedro Ros1o, contra Perelli y Ca, por ~bro de
{lete1 y utadla1.
399
Sumario.- i ° Cuando en un contrato de fletamento se
a~uerda un número fijo do días corridos para la carga y
descarga del buque, y eu la carga se emplean todos los
concedidos, los trascurridos durante la descarga, aun los
inhábiles, deben abonarse corno sobreestadlas.
~o El pago de sobreestadfas es la indemnizacion de
los daños causados al buque por la demora á que le sugeta
el
car~ador.
3o Los daños causados durante la mora son á cargo del
que incurrió en ella, aun los que provengan de caso ror-
tui to.
4o Una transaccion en negocio de mayor cuantía no
puedo ser probada por solo testigos.
Ca•o.- En 4 de Enero de t872, D. Pedro Rosso pro-
pietario del patacho nacional Pia 2•, celebró en Montevideo
un contrato de fletamento con D. M. Perochelti, para
cargar y conducir al puerto de Buenos Aires, mas ó menos