DE IUSTICIA NACIONAL.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 14
ID: fallos_14_423
Keywords / Subjects
CONCURSO
Ruling Text
DE IUSTICIA NACIONAL.
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Estados Unidos; y la doctrina sostenida por los t¡ue toma-
ron parto en la formacion de la constitucion Norte-Americana,
fué la negacion do ese derecho á la Corte Federal, cuya
doctrina fundó la enmienda XI, no corno cláusula nue-
va, sinó como doclaratoria; -que no puede oponeree á
esta teoría la diferencia de nuestro
origen,
por ser
nuestro ideal poHtico la emanci pacion de los poderes lo·
cales; ni el silencio de nuestros constituyentes por no
ser admisible que habiendo aceptado la disposicion Nor·
te-Americano no hayan aceptado tambien su interpreta-
cion auténtica.
2°. Por no poder conocer la Suprema Corte de un jui-
cio universal de concurso.
Dijo : que Avegno fué declarado prófugo y concursado
en 1857; que el gobierno compró á propuesta de los
sindicos del concurso la finca en cuestion.
3o. Por no poderse reabrir ante la jurisdiccion nacio-
nal una causa fenecida ante el Poder Ejecutivo de la
prOVIOCI8.
Dijo: que la gestion del apoderado de Avegno ante
el ¡obierno de la provincia fué un verdadero juicio en
lo ooatencioso administrativo; y que el Poder Ejecutivo
habia conocido en dicho juicio y no se había apelado
do su decision.
Conferido traslado, la parte de Avegoo pidió ae dese-
chara la excepcion opuesta.
Dijo respecto al ter punto, que es preciso distinguir
entre la provincia como entidad política y la provincia
como persona jurídica; que como tal la provincia pue-
de ser demandada ; que nuestros constituyentes
nunca
pensaron en aceptar las enmiendas Norta-Americanos en el
art. tOO y tOt de la Constilucion; que no hicieron
sinó dos modificaciones respecto de la jurisdiccion de la