DI! Jllllni)IA IIArJONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 16
ID: fallos_16_98
Keywords / Subjects
ROBO
DELITO
Ruling Text
DI! Jllllni)IA IIArJONAL
toa
bridorea del delito de robo que ea el que se peraig~~e en
.. ta causa, son de naturaleza corporal y no conaieaten
escarcelacioo. Que como la eauae ealaba en sumario y
cluraote esta podio agravarae la condicioo del procesado,
uo podia dar dicláme.n sobre la eaoaroelaciou, mucho ma•
encontrándose el sumorio tao poco adelantado, que no podia
sabene el grado de criminalidad de loa acusados, aun cuan·
do con respecto á Sanmnder tenia nQticiaa eatrajudicialea,
de que es inoulpable por lo qu~ hace :1 los heehoa perae-
cuidoa en este proe.eso.
rau • ....,.,_. •--·
Meaduza, J.:aero ~G de 187rt.
Vista la l"esenlo solicitud de es.,aroelacion, y eonJiolc-
r:u•do:
l)u~ ni de la domando fiscal do. f. 3, ni de las declau.
cionoa del sumario, apareoen impullutoa al pi'Oilendo hechos
<1ua dón lugar á la impoaioi011 de pena corporal.
Qu.i con la fianza carcelera y de jtu~o y aenteoaiodu
<>frccida, quedan asi completameolo ¡¡arantidoa los retullados
del juicio, ctpecialmente ai ao tiene en cuenta que el Oa-
dOI' propuesto ea p~tl'looa arraicada y peñeetamente abo-
nada: por estos fundamenloa ao concede la eacucelacio-
quc so solicita, prévio el otorpmienlo de la llanta car-
celera y de ju•.rado y senteooiado ofreeida en la persona
do U. José Miguel Segura, repónpae el papel.
r.•lillo S, lle la Torre.