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DI IIJ81'ICIA IIACIO!I.U.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 16 ID: fallos_16_106

Judges

Costa

Ruling Text

DI IIJ81'ICIA IIACIO!I.U. ltl iO. Que tampoco Jackton ha preaeotado, como lo pro- metió hacet' brevemente, el poder correapoadiente de la casa Retadora, f. iO v. ain que pu,eda reputarae tal el que lo ha aido otorgado por J. D. Wanklyn á nombre de la caaa Ltimb Jlnot y e• do Buenos Aires, quo no ea la Re- tadora. Por eatot fundamentos, y demh que ver con,ino, no habiendo probado Jackson au carácter de c.on•ignatario de lcia buquea •Crostina • y •Ferway•, como tampoco lo han hecho lo.s aeñores Lopez y 1\odrigllez, ae absuelve de la demanda á los capitanes D. Guillermo Grinlsh y D. Juan Reea, siendo éatus reaponsahles para quien h~ya lugar dll su procedimiento al designar como conoignatañqs á los sei•orea Lopez y 1\odtiguez. U61ue uber y repuesto los sellos, arclúvese. FendDn zu~irúr . llabieodo apelado la parte de Jacboo, se dict,¡ este: ................. .,...., Buenos Airtt, Abril 11 de 1815. Vistoa : por tul fundamentos, se confirma con costas, la sentencia apelada de roja noventa y ocho ; aaliafechaa lu de la inttanoia y repuesto• lot •ellos devuélvaaae. SALVAoo11 M• D&L Cunu •. - F1UN- CISCO DELGADO. - Joú ÜARI\08 P.uos. - J. 8. GOIIOSTIAOA. - J. DoJIIIIOUEZ.