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D& Q1ICIA IIACIO!IAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 16 ID: fallos_16_150

Voces / Materias

ADUANA ROBO

Texto del Fallo

D& Q1ICIA IIACIO!IAL t55 eB el párrafo precedeote_, 6 bajo reeib? eo que .. declare el robo, daño 6 diamioueioo. í!• Si ae Oja el término de e'!areola y ocho boru p_ua el edmen eapreao que debe conl4rse deede la deacar¡a, ea porque ea Nlla cenera! que éala debe hacerse por el dueño 6 eonsicnatario, precediendo aaturalmente la la entre¡oa, y no se refiero por cooai¡uieole al eaoo en que la descarga ae bap por el capillo, cooducioodo loa efectoa ' loa almacenes de Aduana. S• Debe aer aoept.do uo eximen hecho por peritoa nom- brados eoo cooocimieoto de laa parlea. CUll.- EB 5!0 de Julio de t8H, D. E~ealo l'oosquist y e• oomunicaroo por eacrito ' los Sres. E. Ochoa y Ca que ltabi,ndo la Aduana dado recibo, como eo mala coodicion de 40 casc01; vino do los esponeotea, •enidos en el vapor • Villa de llilbao '• de que Oéhoa y Ca eran co~igoatarioa, les pediao uislieran á la rewisacion que debía hacerae para constatar si la merma proveoia de vicio propio 6 por culpa del buque ó de los lanclíeroa. En 27 del mismo mea, Tonac¡uiat y Ca ae preaeotaron ante el Juea de Seccion, eaponieodo que habiendQ Ochoa '1 e• ne¡¡Moao A pl'8aonciar el reconocimiento, no obstante balíer sido requeridos ,·erbalrnente y por escrito, y no pu- diendo esperar por mas tiempo la entrega do au carga, 11edian quo el Juez nombraao un reeonocodor, protestando A la ver. por loa •lañoa y perjuicios que la con<lucta do Ochoa ' e• les ocasionaba, y las C08llll que se ori¡¡inascu. El Juzpdo órdenó quo Ochoa y C• manifestaran ai eala· ban conforme. en que el ju~<gado nombrase el perito c¡uo debía practicar el reconocimiento, y en c.aao de no confor- midad que propuaieran uno por au parle . •