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PALLoS DB LA SUPliDA CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 16 ID: fallos_16_169

Ruling Text

171 PALLoS DB LA SUPliDA CORTE aepida declaró ' pedido d" loe Sree. Oehoa y e• que el buque fu6 deteaido por órdea escrita de D. Antonio C. San!& Iliria compndor de la carne careada. (;on estoa an~rdeatea loa Sto•· Ochoa J C• diciendo aer loa conaicnatarioe del buque, demaaduon ante el Juu de Seccion de Bue.noa Aim 4 D. Antonio C. Santa Maria por iademnizacion de daiJoa y perjuicios provenientes de la deteacioa indebida del buque. San!& .. aria formó artículo prévio 6 la contcslacion de la demuda. ni¡ieado que los actores acompañaran el con· trato 4e Relamento y juatiOuran aol su peraoneria, con arre¡to .al artículo 57 de la ley de procedimientos. buenos Aires, Abril ti de 18ió. Vi a tos "'tos a u toa ae¡¡uidos. por loa ·seiwrts Oc boa y C• contra D. Antonio Conalant· Santa Maria por daños y per- juicios provenientes de la indebida detencion de la barca espaíoola • 1\oaa • y • Clirmen, • y especialmente en la ar· ticutacion prurnovida, y conaiderando: 1•. Que aunque por el articulo tO de la ley do P!Oce- dirnientos Naciouales ol actor est' •n la obligacion de produ- cir con su demanda, tu escrituras y dooun.ontoa que justin- quea au derecho, la falta de presentacion de eatos docu• mentos, no es un detecto le,al -en el modo de pro- poner la demanda, como lo prttende San la Maria, ni au omision autorita al demandado ¡>ara rehusarse y con- testar la demanda, como lo tiene declarado la Suprema t:orte, entre atros en la causa 9, Tom . .t.•, 2• série. - Fallo : no haciendo lugar 6 la articulacion promovida J•Or l:o parle