DI JUSTICIA N~~IONA I.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 16
ID: fallos_16_270
Judges
Rodríguez
Costa
Ruling Text
DI JUSTICIA N~~IONA I.
! 75
t;AU8& L"lll
''· Pttf.rn Rndriaru= conlru n. namon ('.ohtom, por C(}bro de
p~101. l 11citknle sobre condenation t11 roslas.
S11rnario. -
No re•ultandu lcmcrorio el proceder del de-
mandante, no puede ser condonado en costas.
Cnl<l. -
D. Pedro Rodríguez, o.tranjero, demandó ante
el Juzgado Federal en Buenos Aires, al ¡.reohltero O. Ra-
mon Cobez~s . como Provincial de los Paolrts Escolapios, r•or
cantiolad de r••••• '1"" .lecia adendorle por surlolos de\·en-
godos oomo profesor en el Col-.gio quo dichu• padres te-
nían en el 1111eblo de Sao Martín.
D. Gregorio C•tal, en tepreseotaeion dol Padre Cabezos,
promovi6 arliculo de incnmpelencia, diciendo ; qun si 1•
dc1nanda ae dirijia contra su poderdante personalmente, el
Juez era incompetente, porque demandante y demandado
eran estranjeroa; !JUe si se dirijia contra él como Pro,·in-
cial de loa Padres F.scola¡•ioa, lambien el Juez era inoom·
pulente porque todos los padrea eran catranjer~s; Rnal-
meote, que si el Colegio •• lomaba como una persona
jurldiea ex.istenle en la Provincia, llo·bia hacer ¡.resenlc
que tal l""rsona jurldica no exialia, por¡¡ue hasta ahora