PALLOI 111 L.4 IUPIIIIIA GORU
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 16
ID: fallos_16_301
Texto del Fallo
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PALLOI 111 L.4 IUPIIIIIA GORU
6 la produooioa mediante el cual CaJTion ha ueurructado
la tierra.
Ade111•• reconvino ' Carrioo por el paro del uautructo
del Fundo, deade el dia de la ooliBcaoion de la demanda
aobre reivindicacioo, ' ruon de ¿oo pcaoa anualea, J
ade1naa 500 pesoa por el ~alor del monte que. tenia el
Fundo, el c1111l babia cortado y aprovechado Carrion.
Pidió que lomand.o en oonaid~rocion eu conlra·demando
se nombrasen périto1.
Corrido tratlado de la reconvencipn, Aatargo contcotó
que era inFundado el cargo por montea on el terreno,
puea cuaado oomptó Carrion lo único 'JU& había eron t O
6 ti matacuuuoa, ~ue ni para combustible •i~en. Que
on cuanto al arreodamienlo. no tiene el deber de pagarlo
porque el
pl~ito sobre reivindicaci'on bo ¡., ai¡uió i;DIJion
ainó el vendedor Gutierrez 6 ~u ieo citó al oaneamiento: y
que ele todoe modoe lo que se cobra ee exagerado, y debe
lambiea ter incluido en la pericia.
E11 ee¡uída ae puao la cau!ia ' prueba sobre la exiaten·
cia del monlt ale¡ado, y se nombraron peritos, loa cuales
avaluaron en 'i'l pesos laa mejoras hechaa en el Fundo,
y en .U5 loe arriendo• J deamejoraa .
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.. 1 •••••·
&a Jum, llano to de 181,,
Yitlo&: eon D. Andrée Aatar¡o, como apoderado de O.
Sebaatian Carrioa, J D. ~riol W al"oad, tobre pliSO de
mejora• de un fuaclo que eete último he reivieclicado P!"
eeataocia ejeouklfiiMia: coa lo alepdo y prvbado ea eulo&