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U. lu&TICI.l IIACIOIIAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 16 ID: fallos_16_306

Ruling Text

U. lu&TICI.l IIACIOIIAL su determinado por perito• arbitradores, eetos deben proceder como talee, y no ·como simplea avaluedores. ea ... - En la causa que o. Vicente Rodrigun lilui6 contr• D. Anarés Aslargo, sobre entreca de un fundo que este administro, 1• Suprema Corte p~r fallo de ¿ de Di· ciembre de t873 mandó que tanto el aalario del admi· nistrador, como los cu tos de adminiatracion y el írnporte de los productes del fundo" fuera determinado por peritos ar· bitradores. Lu parles nombraron como tnles ú los Sres. O. Jua~ Valaguer, O. Juan Quineo y O. Tristan Sambrano. Quine<l y Sambrano a•nluaron loe ularios ,y gastos en 1334 pesoa 58 t cs. boliviano&, y Baln¡uer en 900 f•etot, presentando al luzc¡do sus operacionoa por •separado. Rodri¡¡.tez hiJo observaciones en conlta de \as a1·alua· ciones, Astargo dijo que los ~ritos eran arbitradores, y el laudo arbitral era el de la mayoría . ......... _ ........ . San J...,, »•r• t3 .t. tau. Vistos: y coneiderando especialmente: t o Que ea in- fundada la OJK>Bicion "de Rodrigu'e& A que ae compute el tiempo eorriao ·hasta hoy en la admiaistncion de la "ftaca por Aster¡ro, con relacioo 6 eus hoaorario• de tal, puea le tentencia de la Corte Suprema le acuerda impliciümeote al último el derecho ele retcnaion, haata que se h'l• el paro ele au honorario 1 pillea. i• Que en cuanto 6 laa dem6s partidu de J. cuenta 'de