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PALIAII Da LA lllPIIUA COIITI

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 16 ID: fallos_16_307

Texto del Fallo

,3ft PALIAII Da LA lllPIIUA COIITI loe perilol, SembraDO s Quiueo, ea evídeotomeate excceiva tento en loa preaioa fijados en aJrunoa arUculoa, como en el li4J• prtn. de loa produ~idos, oo obatante csta.r pagado en los autos, por el mismo ,\alargo, prooios diferentes, ~ Que no ea ídmilible la doctrina de Aslar¡;o de que u eate caso •• trata dt un ld11ü erhitral, porque ai aaí fu~ra, se l•abria sacado e.t!a ·oauu d!! su juer natural, ain el espreso consentimieolo de lat partos, lo que es con• trario ' Ía ley y la Conatitucion, '1 además no puedo en- tenderse un juicio arl•itral donde no hao precedido las for· melida.Jcs e~ijidaa por la ley de ¡>rocedimieotua que invoca esta perle, debiendo entenderse un •imple eximen pericial : fallo, do conformidad al art. t52 de la leJ de proeedirnien- los, declarando ineficú é insuficiente el dict6men que pre- cede de loa peritos no~bradoa, debiendo las partes nombrar otrua dentro 3a te.rcero dia para que procedan conformo A derecho. Morci//Q, ................. --.. Buenos Airea, Agosto ti de 181&. Vistos : considerando que con arreglo 6 la sentencia de- finitiva pronunciada en este causa, tanto el aal~rio dol tdministredor, co1no Jos s••to• de adminstrecion. y el im- porte de loa productos de la Onca deben ae·r determiBadoa por periloa arbitradom; y ~ue contra la autoridad de la eou jUIJada puesta en ejecucion por las partes en laa, actaa de rojt ciento treinta y siete y ciento treinta y ocho, et1 ~ue nombraron, se¡un alli se espt'llll, peritos ubitra- dorea, el lues de Seccion y los petiloi nombrado• han