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CAUBA LXVII.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 16 ID: fallos_16_310

Keywords / Subjects

ADUANA

Ruling Text

01: I USTICIA NACIONAL 3t5 CAUBA LXVII. /). úGndro ,Uallolill co11 /}. Er1rique Gree11 80~rc tnlrtgo de mercadtriGI. SNtMrio.-t'• El cndo.so de un conocimiento que no eon- tionc la onunciaciou de t•olor recibido no transfiere la pro¡tic- dad de los efectos. 2• Jleuloa una venta á ¡ola~o, y vendidos á su ,·ez los efectos por los compradores, cllcrccro que no les haya pa¡¡ado el ¡>recio, no iiene derecho á la cnlrt¡¡a, si se opon~ el primar vendedor, máxime si los comprodoru loan caído en iosol- vcncia. 3• El tercero sc toalla obli¡;ado .á pasar el ¡>recio al pri- mer \'endcdor, ó á ananznr su pago en oportunidad. <l" El parentczco del Juez con los abo¡a<los de los litigantes no es un impedimento, ni causa de rccuaacion de las enume· radas en el artículo ~3 de la ley nacional de Proc~dimientoa. C11~.-Los Sres. Field y e•·. ,vendieron 6 plazo unos efec· tos á los Sres. Bulo Poulsen y C•. EstanJo los efectos en la Aduana, Bolo Poulsen y e•. vendieron por n1edio del cor-redor llonac¡¡ur los iadicados efectos en U> de Noviem·