IIK JUBTJCIA IIACIOIUL
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 17
ID: fallos_17_231
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
IIK JUBTJCIA IIACIOIUL
257
8118 8 24 cts. Ptes .. por saldo adt.'Cnatlo de In negocia.ción.
M acla.~ 1 Montes, declinaron In jurisdiccioo provincial,
alegando que el demnndante tra ;u-gentioo y ellos extrnn·
jt~roa, por cuyo motivo lt1 CIUJ!ill correapondin al Juez do
Secoiort, y do conformidnd de portes se remitieron á ó&tu
loa nulos.
Ante el .Juez F'edea·al, Ucn¡;nll!u re1u'Odnjo la dem11ndn.
Corrido traslado, Mnelu y J\luntl!&, promovieron &rtlculu
negando personería al dumnndnnte por no haber contnllu·
do eon ól sino con D. Guillermo Uertran.
Dijeron que Bertnln bnbín sido el vendedor, que á él lu\•
bí11n pegudo el llretio, que él les hnhin pa.sudn In~ cueot11,,
y con él hoblnn celeb•~•do uun modíllcacion del contrtiiO
prímilívn. (~ue t•ún cunndn llcrtrnu vendiese cosangenn,
por cuentn tlel llropietnrio, pnm los espnnentes, el vende·
dor ertl el1inieo obligado y 11uien por consiguiente ndqui·
ría derechos en el contrato, tiendo llengolen un wrcur<•.
que n11d11 tiene que ver con los esponenles, sinó .:on Bcr·
tran si es que han sido pcrjudícwfoa.
Que !as prácticas del comercio estublec:en el que se ven·
da por cuenta de un tercero, efectos ó mercanelas, pero los
obligndos son los que dirt.>clnmmue intervienen eu el cou·
lJ•alo, quedando salva ln nccion del comitente conlt·n el t:u·
tnlsionista, articulo 337 del Código de Comercio.
Que no JIUCde decil'!le qn11 In inlut'\'Cilcion de Bertrnn
hiiJn sido como corredor, llUI!StO quuloscorredor-es lo fut•
ron i\larti y Beuitez.
Acompalloron varías euentM 1111811dus por Bertrlln á los
esponentes, que se di"'<n provenientes de este negocio y
nna modiOcocion del conlt'lltO a nterior, en cuanto al modo
de pngnr los derechos.
Corrido traslndo del nt·ticulo, Uengoieu l)itlió que se re.
C:biiZ8rll Cllll COSU!S.