á l¡t Ctím¡u·ade Apelncion en tumo eu la for mo de estilo. RepóngnnlK' los sollo
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 17
ID: fallos_17_285
Ruling Text
DI Jl:STICJIA IUCJONAL
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Por estos fundomentos, no ho lugur (, tu r·no1:atva·i¡~ qu.e
e n el escrito ciuulo se solicita, pero iltenta !·• nr.elncion
que en subsidio se inleo·pouu, w oto•·gn en relacio;•, eleván-
dose los autos á l¡t Ctím¡u·ade Apelncion en tumo eu la
for mo de estilo. RepóngnnlK' los sollos.
Uarlos L. Marenco.
Elevados los autos á. In Ciunnrn 1• de A¡oelncion, I)Stn
dictó la siguiente resolucion:
Buenos A Íl't'S, Agosto 3 ole 18i5.
Y \<ÍS!os: poa·lo\S fumlnmentos es¡oueslns en los conside·
rttndos t•, 2",3" y~· del unto de 1'. IZ, y consiueo·mado ade-
mas: 1• Que la muerte del nutoa· de In suc~:sion y el tílulu
A la bereneiR. deben ser nrredilndos a u te .Juez delterritc¡do
á quien se pirie In ¡Klscsiuu de In hco-enci" (tlrlículo 2". liL.
4•, lib. 4', Código Cl ••il);
2' Que ~1111 justilicttcion debe ¡wodueirse en ha noi$111!\
forma determinndn paru los ot.·os ¡mricntcs á que se t-elie-
re el arUculo !1• del mismo titulo. á los <'un leA están e<¡ní¡)R·
m dos lo;¡ oseeudiontes y descendientes en el e uso de estnr
fuera de In Hepú hlícu ó fnern de In P•·oví ncin donde se
bailen los bienes, vorqne no reconocieudo la ter sinó dos
medios de adquirir In posesinn het-editmill, por dca-ecuo y
judicialanenle, y no cOI'res¡l(lnriiendo In príonern sinO:. á los
ASCendientes y descendientes cuundo St:luallen en el mismo
lug¡~r de los bienes (n(ticulo 1" del titulu citndo), In pose-
sion que cort'espondu á nn nseendiente qus se hulla fuera
de In Pro•·inein donde estáu los bienes, es In judicial. del
mismo modo que f• los deonns pariente• •'• sucesores legíl i·
mos que no sean uscendicntcs ni descemlitmles;
8" Qne pRrl~ que el J Ue7. jllltldlt dcCtCI(U' i(l pOSCSiOn jUdÍ·