remitidos por informe. V. :J.'ejedor. Buenos Aire
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 17
ID: fallos_17_292
Jueces
Pinto
Texto del Fallo
En tal inteligencia, creo inndmi~ibl6 el recurso y pido su
rechazo, con devolur.ion de los autos remitidos por informe.
V. :J.'ejedor.
Buenos Aires. llltu·L.O 28 de 1376.
Yistos: a·esnltnmlo que lu1biendo tallecido en la l:'ro,•incira
tle Snlt;o el Do·. D. Dnnial 1h ·uoz, nmurnl y vecino de la de
J ujuy, se obl'ió la sncesion en es1o último lugar, y fn6 de-
darodll beredem legitima dellinlldO, su mada·tl Doaln Fl<1·
rencia Pintos de A•·••oz; que e• m poder sustituido de esa so·
non1 y testimonio deluuto en que se le declaró heredera,
se presento Don Adolfo E. Cnrrnnza, ante el J uez de 1•.
l<•~ lt•ocin 1le cs111 ciudnd, pidiendo se bicit.lru. slll.ter r1l Banct•
de l.oud•·es y ltio Je In Pinta y al Comercinl, que con él se
cnteud;ernn pur11 lo liqnidacion y en11-ega de los fondos
perteuecienres al Unn<lo, que dichos estahlt.'Cimientos t.enie,n
e n del>ósito; quo los'l'ribunules de est!L,P.-ovinein no bicie-
1'011 .lugnt· ~ esn solicitud, f••nd~ndos~ en que, segun ('1 ar-
ticulo Jos, Hlulo de los •De•-echós y obligaciones de.l here-
dero•, Código Civil, debin pedirse lt• entrega lmte los
jueces locales, justificando á Slllisfnccion de los mismos
j ueces, el fallecimiento deii\UIOI' de In BUllesion y el títulO á
la. herenciA; en que esta justifiMcion, á fnlta de testamen-
to, no I>Odhi rendirse sinó con las tormftlidlldes que pre.
criben las Leyes para los juicifls ab·i!llutDio; y en que el
testimonio del auto del Jne:.. de Jnj ny, no era bast.ente para
acreditar ante los tribunales de esta Provincia el caw'lú:Wr
de heredero, invoc11do por In senom de Araoz; que da·
ranle el curso de esas actuaciones, el apoderado de dicha