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dd wrcerh• de dominio deducida por O. Eslanislao Pere~ on el juicio ejecullvo seguitlo por O. Juan M. C:irre¡¡a, contra D. Nuilo Seiu

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 17 ID: fallos_17_317

Keywords / Subjects

DOMINIO

Ruling Text

Oll JIJSTICIA NACIONAL osi.Os y dudujo OflOKicion al embargo por IAircerla fundada en dominio. Cdnega 1\ la vuz CJUO observó que la fech11 dul dooumen&o estaba alturada. ¡lor lo quo ~ntendla que IR compra fué posl~rior Rl em-bargo. alegó quo los muebles vendidos ha- blan continuado en poder de Seius. y por consiguiento no habiun fiOdido salir do su tlorninin . ............... -·-··· Visto:~ c:~t.os autos dd wrcerh• de dominio deducida por O. Eslanislao Pere~ on el juicio ejecullvo seguitlo por O. Juan M. C:irre¡¡a, contra D. Nuilo Seius. y conside- rando: 1" Qnu ul tlomil. o tllhl ~u 11log" subru los muebles em- bargaolu~. so b illll\ cini ca~monl~ en el contmto du f. 1•, y con si.:• tlul mismo que no su hir.o por SeiAIIS tradlclon á Perez d~ los mencionndos mncbles. continunndo n&oa en su Jlnolur sin cuya tradicion no pueole obten ers~ el olomiuio. 2" Quu aun cuando el meuciouruJo couvenio de compra· vt nlll "l"•reco estandido con 1111lerioridad al embargo, la rooha 36 halla visiblemente onmendnda, y de 181 poeicio- ues de Por~ absolviendo d la l"'rcel'i' Jlregunta, oonsta que la ' 'Cilla l.tl\'0 lugar cuando ~ixas vivia en la calle de Pichincha, y de lo 'JU O oluclur.• tiste quo nn se mudó á la calle Pichincha, sino en A¡,rosto, de lo que 110 des· prende la ralsedad ó antidatacion del mencionado docu- mento desde que apareee firmado 6 estcndido en Junio.