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F~llOS DE LA 9UPR!~A CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 17 ID: fallos_17_336

Judges

Costa

Ruling Text

F~llOS DE LA 9UPR!~A CORTE :Jo Que abierta la CJiusa á prueba sobre los hechos con- tradictorios y la legitimidt•ti de las pnrtiilas de l:1 cuenta de daiios y perjuicios, seguil cons~11 del auto de f. 11 vta. se venció el término desigllllolo sin que las pRrtes hayan proilucido pruoba alguuR sobre los hechos alegados, resul· tando que la demanda ¡:arece dí: h~<se por 111 falt.a de prueba de los hechos en que se apoya¡ 4• Quo con respecto al denumil:•do O. Domingo Vnlaguor, si bieu confies11 su concurrencia al acto de la loma ole las mulas, dechtce al pro¡Jio tienJ¡>o eseepc ione~ qne. ,¡ ser ciertas, lo eximen de toda res¡>O n~abilida.l con relacion al hecho priucip:\1, por no 1111arecer ui como ejecutor ui como cóm¡llke on su Jlerpetracion; 6• llue en este caso, no estando probada la demandtl, no corresponde al demand:lllo la prueba de las esce¡Jcil'aes, como lo ¡lrilendo el ncior, pues la confusion do a1¡uel es califica.Ja, y siendo por su naturaleza indivisible, debe aceptarse en todus sus pnrtes¡ u• Quo por el múrito de lo~ at1to~. y la osposiciou <le los Jemanolados, a¡1arece qu1: el nct.or ba tenido lllguna razon para promover el presento juicio, resultan!lo ín tl<lmisíble la <lemanda, solo por la flllla do pruelm en la eslacion competente del juicio, procedente <le uu error de cálculo¡ Por estas consideraciones. fallo definitivamente esl.'l causa, declarando absuelto~ de la uum :u~tla :i los sei10ros D. Tristan y O. Domingo Valaguer. por falla de prueba legal de los hechos en que se fuudn la <lemauda, debicuuo cadn parte pogar sus propias costas y lns comuneR por mitnJ. H;igase saber puoJiou.Jo el actuario notificru usll1 ~unteucirt ori:.¡inal fuera ole la oficina y repóng:111se los sollu"· Nntannel Morcillo.