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SUPREMA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 18 ID: fallos_18_60

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

6l HtLOS DE U SUPREMA CORTE ma\yor responsabilidad del conductor, debe corresponder mayor indomnizacion en el flete; 5° Que en cuanto á la contrademanda, habiendo los Sres. Ca- sures conn •nido en la indemnizacion desde qn<' les ~ea reque- rida por la Comision del Lnz1n eto y convenido en hacer el abono al precio equitativo. Por estas consideraciones fallo, que D.G . • J. Nutt.all pague á los Sres. Vicente Casares é hijos, á los diez dias de notifi- cado el valor de lanchaje que se consigna en la cuenta de f. t. con deduccion de lo que estos so ñore~ confiesan babor recibido n cuenta, con los intereses á estilo de plaza desde la demanda, ~· dejando ti sal\'O :i In Comí ion del Lazareto 6 á quien cor- responda su tlerecho J)Or In iudemnizacion do los tirantes per- didos ú que so refiere In contrademanda. 1'•11• •~ la 8upre•• (;er&t>. Buenos Aires, Agosto 3 de 1876. Yisto : atento lo di-;pnc'to por los articulo nueve, nonnta y 11110 ~· do ~c i out o siete de la ley dimionto ·. ochent-a y de Procc- Y con ·idrrando, que para resolver e ta cansa. es necesaria ltl prueba de los . iguiente hechos alcgi\dos, y no consentidos ó ronfesados ¡)or la:; partos: Primero. Que los Señores Yiceute Crares é hijos reci- bieron órdcn de los consignatarios del ''apor e Richard Coll- dcn • para efrctuar Rtt descarga ; Se[lundo. Quí' dichos consignatarios fueron autori1.ados por los cargadores de los tirantes de fierr•J l"Cnidos ú lu órden rit•