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LA ·SIJP ... A CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 18 ID: fallos_18_70

Keywords / Subjects

QUIEBRA BANCO COMPETENCIA SOCIEDAD CONCURSO

Ruling Text

'74 F.U.LOI H LA ·SIJP ... A CORTE título mismo con que se ejecutan se menciona la Sociedad, siendo por esto incomprensible que ahora se desconozca su existencia, mucho mas cuando tambien se menciona la So· r.iedad en Ja libreta que corre en autos del mismo Banco Ita· liano, es verdaderamente sorprendente la condu~ta de ese esta· blecimiento. lniliió su ejecucion contra Mendez, D. Juan José, y declarado este en quiebra, resistió ante la ,Justicia Federal la remision del espedieote. Vencido en el incidente sobre oom· petencia, dirigió su accion contra todos los sóc!.os de la Socie- dad esportadora. Declarada esta en quiebra, resiste tambien la remision del espcdiente, habiend.o hecho tra \'ar embargo sobre el ''a por «N orth :t, cuyos títulos corren en autos. 1~1 Banco Italiano quiere embrollar este asunto, Sr. Juez, y la razon de tal proceder es que hay acreedores privilegiados á él. Tales son : el saldo que adeuda al constructor del buque, los sueldos del capitan y tripulacion, el crédito del Banco de la Provincia que tiene hipoteca sobre el mismo buque de fecha anterior á la del Banco Italiauo, como consta de la anotacion un los títulos y Jo que lu adeuda al Banco Nacional. P ero hay mas, Señor Juez, descontiamlo el representante del Banco Ita· liano del éxito de su rcsi ~tonci a, pretende ampararse en el inciso tO, art, 2<' de la I.ey de Competenci;l de los Tribunales Federales, que atribuye á Jos Jueces de Seccion el conocimiento de las causas que versen sobre hipoteca del casco de los bn· ques, olvidando que tal di posicion se refiere á un juicio espe- ciales, pero uo á los juicios uuiversale ·, espresamontc escep· tuados del conocimiento de los jueces de Seccion, y atribuidos á la ,Justicia Provincial, segun la terminante disposicion del artículo t2 de la misma ley, que esccptua de lo dispuesto en el artículo 20 los juicios universales de concurso de acreedores y particion de herencia, aunquu se deduzcan acciones fiscales de la Nacion. Por último, el.Tuoz de Scccion no es jul'z de los actos di.' V. R. f'm las cuestiones dP su competencia. r . S. ba dccla.·