DE Utsnt:I·A lUCIOlUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 18
ID: fallos_18_103
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
DE Utsnt:I·A lUCIOlUL
t07
c:JAIJ8.&. c:JIJJ.
D. Juan G. Bertran. conl·ra D. Santiago Bengolea, pD"r cobro
de peso:~ ; sobre escepcion de no contestar.
Sumario.- to No son admisibl e~ en el juicio ordinario mas
escepciones dilatorias que las designadas en el artículo 73 de
la ley de Procedimientos.
!" Entre ella~:~ no se incluye la de compensacion.
3° Las escepciones que no son dilatorias deben alegarse al
cont.estar la demanda.
Ccuo. -
D. Guillermo De.rtran, estranjero, demandó ante el
Juez Federal en Buenos Aires 1i D. Santiago Bengolea, argen-
tino, la suma de 33.894 ps. m¡0 , que decía adeudarle prove-
niente de un contrato que babia existido entre ellos por el
cual Dertran se babia obligado á adelantar fondos y correr
con Ja venta de los frutos del Saladero de Béngolea en San
Nicolás de lós Arroyos, bajo el interés del 7 °/u anual sobre
las cantidades que le adelantara y un ~ "/ 11 do comision sobre
los frutos que vendiera en plaza.
Corrido traslado, D. Santiago M. Bengolea, por su señor
padre, promovió articulo de prévio pronunciamiento diciendo
que por el mismo Jilr.gado se tramitaba un pleito que Ben ....