Agrega; que la Administraeion Nacional, despues de res-
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 18
ID: fallos_18_134
Judges
Mendoza
Keywords / Subjects
BANCO
ADUANA
Ruling Text
FALLOS D& LA SlJPBEJIA CORTE
demanda de la fuerza por haber resistido el Directorio <L
verificar el abono.
Agrega; que la Administraeion Nacional, despues de res-
tablecido el órden legal, le ha desconocido en sus cuentas,
como de legítimo abono, la partida entregada á Regueira ;
y que, en tal caso tiene su accion directa contra este para
el reembolso de dicha suma.
El demandado, contestando, sostiene que debe rechazarse
la demanda, pues que, como aparece llc la propia esposiciou
del demandante, él hizo el jiro como Administrador de la
Aduana Nacional y de cuenta de la ~acion, y no á su nom-
bre personal, no habiendo podido contraer por consiguiente
obligacion alguna particular.
Que como el pago so hizo, por otra parto, no en virtud
de su jiro, sinó de la intimacion del General Arredondo,
tampoco bqjo este aspecto ha contraído obligacion alguna
para con el Banco. Finalmente, que es inexacta é infunda-
da la ase,·eracion de que baya hecho uso de la fuerza para
obtener el pago del libramiento.
No desconocidos asi por el demandado, ni el hecho de
haber desempeñado durante el imperio de las fuerzas rehel-
de'S en la Prorincia el puesto de Administrador de Rentas,
por nombramiento que recibió del gefe principal de aque-
llas; ni el de h1~ber jitado en tal oartictcr contra el B:u1co
de Mendoza el libramiento. corriente tí f. 2 por la cantidad
que en 61 se espresa, igual á 1:' de la dem:mda; ni la rer-
dad de la nota intimatoria corriente en copia á f. 3 ; ni
tampoco el abono del libramiento por el Banco; ni final-
mente el no haber sido reembolsado este por otros medios
de la suma pagada; la causa se abrió á prueba únicamente
respecto á si el demandado tomó participaoion en actos de
imposicion ó coaccion tendentes á obtener el abono del li-
bramiento enunciado.